Estatutos sobre la Información a Miembros y Candidatos de Partidos
Nuevos estatutos para informar a miembros y candidatos del partido sobre las nuevas reglas y nuevos estatutos. Esto fue decido en un congreso que el partido tuvo recientemente. Los estatutos para la selección de candidatos están aún por definirse.
Recursos Adicionales:
"The emergence of the Polo Democrático Independiente (PDI) in 2003 marked the first highly visible left-of-center political party in Colombia since the Unión Patriotica (UP) in the late 1980s. In the 2003 local elections, PDI candidates won several important races: Lucho Garzón became mayor of Bogotá, Sergio Fajardo became mayor of Medellín and Angelino Garzón won the governorship of the department of Valle de Cauca" (http://www.americas.org/item_22279).
Traducción: “La creación del Polo Democrático Independiente (PDI) en 2003 marcó el primer partido político visiblemente izquierdista en Colombia desde Unión Patriótica (UP) en los últimos años de los 80. En las elecciones locales de 2003, los candidatos del PDI ganaron varias carreras importantes: Lucho Garzón se convirtió en alcalde de Bogotá, Serigio Fajardo se convirtió en alcalde de Medellín y Angelino Garzón ganó la posición de gobernador en el departamento del Valle del Cauca”
Para estatutos, derechos, obligaciones, transparencia financiera y noticias, consultar con el sitio web oficial del PDI : http://www.polodemocratico.net/
Los estatutos del PDI en cuanto a los derechos de los miembros del partido:
CAPÍTULO III
De los derechos de los afiliados y las afiliadas del Partido
Artículo 9.- Son derechos de los afiliados y las afiliadas del Partido:
1. Afiliarse o desafiliarse libremente del Partido.
2. Participar, dentro del PDI, en tendencias políticas sobre la base de acatar la plataforma política, preservando la unidad orgánica del Partido.
3. Participar y decidir en las orientaciones ideológicas y programáticas del PDI, así como en la selección de su dirigencia y de candidatos y candidatas en los términos establecidos en los presentes Estatutos.
4. Elegir y ser elegido, formar parte de los organismos de Dirección del PDI con sujeción a los Estatutos y reglamentos.
5. Fiscalizar la gestión de su dirigencia y las actividades del PDI.
6. Disentir y ejercer la sana crítica, la libre expresión de las ideas y la presentación de iniciativas y proyectos.
7. Recibir información oportuna y veraz, educación y formación social y política.
Artículo 10.- Son deberes de los afiliados y las afiliadas del Partido:
1. Representar digna y honestamente al Partido.
2. Construir, apoyar y promover las ideas y planes del Partido.
3. Respetar los derechos de los demás miembros del Partido y de la sociedad en general, sin detrimento de la sana crítica.
4. Apoyar las candidaturas del Partido escogidas de conformidad con los presentes Estatutos.
5. Contribuir económicamente y de manera voluntaria, al sostenimiento del Partido.
6. Hacer buen uso de los bienes y recursos del Partido.
7. No pertenecer simultáneamente a otro Partido o movimiento político.
8. Todo miembro del Partido, a cualquier título, que participe en la administración pública, deberá actuar con rectitud, honradez, transparencia e idoneidad, en el marco de la Constitución Nacional, las leyes, y los Estatutos del Partido.
9. Respetar, acoger e impulsar las decisiones legítimamente adoptadas por el Partido, en todas sus instancias.
10. Actuar en bancadas.
11. Acatar los presentes Estatutos.
Artículo 11.- Los afiliados y las afiliadas que incurran en mala conducta, en actos graves de indisciplina, faltas contra la ética pública o cualquier otra forma de violación de estos Estatutos, o que atenten contra la convivencia de los integrantes del Partido o de su estructura organizativa, serán sancionados hasta con la separación definitiva del Partido, por decisión de los organismos competentes, garantizando siempre el debido proceso.
Contactos:
Angelica Lozano
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